Es obligatorio llevar el recibo del pago del seguro en la motos.
Es una duda que tienen muchos conductores.
Desde que se publicó el nuevo Reglamento no es obligatorio tener que
presentar el recibo del seguro si nos paran.
Los agentes de la autoridad comprobarán si el vehículo está correctamente
asegurado consultándolo directamente mediante el Fichero Informativo de
Vehículos Asegurados (FIVA), por lo que ya no será necesario enseñar el
justificante de pago, eliminándose así la multa por haberlo dejado olvidado en
casa o haberlo extraviado. Pero, aunque ya no sea obligatorio, conviene seguir
llevándolo por si el agente no pudiera consultar la información en el Fichero
informativo.
¿Podrían multarme en ese caso?
Si el sistema informático no permitiera la comprobación y el usuario no
dispusiera del recibo del seguro, el agente interpondría la denuncia, sin
embargo, en la Jefatura de Tráfico, una vez que la reciban para tramitarla,
consultarán en el Registro de Vehículos si ese coche está realmente asegurado o
no.
¿Qué pasa si el coche no está con el seguro al corriente?
En el caso de que no constara el seguro en vigor, se enviará una notificación
al denunciado que tendrá un plazo para presentar el justificante en un plazo de
5 días.
¿Y si no se presentara el recibo en Tráfico en ese plazo de 5 días?
En ese caso se procedería al precinto y depósito del vehículo.
Lo tenemos claro, no es obligatorio, pero como ya sabemos como nos la juegan
muchas veces los agentes de la autoridad, el llevarlo creo que no custa nada.
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